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La TGSS actualiza el cálculo de las exoneraciones para los ERTE vigentes

  • Fecha: 19/05/2022
Noticias Iberley


La TGSS ha publicado su Boletín de noticas red (BNR) 6/2022 de 13 de mayo de 2022, informando sobre la aplicación de nuevas peculiaridades en el cálculo de las exoneraciones para todos los ERTE vigentes a partir del próximo 1 de junio. Entre otros aspectos de interés, se desarrolla el cálculo de los beneficios en la cotización a la seguridad social aplicables a los ERTE y al mecanismo red.

De acuerdo con lo previsto en la refacción actual de la D.A 44.ª de la LGSS:

«Durante la aplicación de los expedientes de regulación temporal de empleo a los que se refieren los artículos 47 y 47 bis del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, las empresas podrán acogerse voluntariamente, siempre y cuando concurran las condiciones y requisitos incluidos en esta disposición adicional, a las exenciones en la cotización a la Seguridad Social sobre la aportación empresarial por contingencias comunes y por conceptos de recaudación conjunta a que se refiere el artículo 153.bis».

El porcentaje a exonerar varía en función del tipo de Expediente de Regulación de Empleo

Desde el 31 de diciembre de 2021 son de aplicación tanto a los ERTE de reducción de jornada o suspensión del contrato por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o derivadas de fuerza mayor temporal, incluida la determinada por impedimentos o limitaciones en la actividad (art. 47 del ET) así como a los previstos dentro del Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo (art. 47.bis del ET) nuevas exoneraciones en función del tipo de Expediente.

Dos nuevas peculiaridades/fracción de cuota

Para calcular estas exoneraciones se crean dos nuevas peculiaridades/fracción de cuota que identifican la exoneración de la cuota empresarial por contingencias comunes y conceptos de recaudación conjunta: PEC 37007 (Exoneración ERTE Total) y PEC 15007 (Exoneración ERTE Parcial). El porcentaje que figure en estas peculiaridades se aplicará sobre todos los conceptos que conforman las contingencias comunes y los conceptos de recaudación conjunta.

A TENER EN CUENTA. No se aplica la exoneración a las cuotas de accidente de trabajo, ni tampoco a las cuotas correspondientes a la aportación de servicios comunes que deben de ingresar las empresas autorizadas a colaborar en la gestión de asistencia sanitara e incapacidad temporal derivadas de las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Estas nuevas peculiaridades se aplicarán este mes a los ERTE del Mecanismo red previstos para el sector de las agencias de viaje por la Orden PCM/250/2022, de 31 de marzo.

A partir del próximo 1 de junio todos los ERTE vigentes se calcularán con las nuevas peculiaridades.

La TGSS recalca: «A partir del próximo 1 de junio todos los ERTES vigentes se calcularán con las nuevas peculiaridades. La Tesorería General de la Seguridad Social procederá a actualizar de oficio las liquidaciones correspondientes a los meses de diciembre (desde 31 de diciembre) en adelante para aplicar el importe correcto de la exoneración. Cuando se inicie dicho proceso se informará oportunamente por los conductos habituales».

Fuente: BNR 6/2022 de 13 de mayo de 2022. TGSS.









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