lasasesorias
Área Privada
Usuario:
Contraseña:



Actualidad


El TS se pronuncia sobre la atribución de los rendimientos de un negocio hostelero explotado en local privativo tras disolverse la sociedad ganancial
El Tribunal Supremo reconoce la deuda de la sociedad ganancial frente al esposo por el alquiler del local privativo en el que se explota el negocio familiar hostelero.
Dirección y control de la actividad laboral: poder de dirección del empresario
El poder de dirección podría definirse como la potestad del empresario de alterar, de forma unilateral, los límites de la prestación laboral, siempre que no supongan modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo. El poder disciplinario y sancionador, por su parte, le permite sancionar a aquellos trabajadores que no cumplan con sus deberes laborales.
El TS avala la decisión de una empresa que exige el uso de corbata cuando el centro de trabajo tiene aire acondicionado
El Tribunal Supremo avala la decisión de una empresa que exige el uso de corbata al personal de seguridad destinado en un centro comercial provisto de aire acondicionado



Actualidad Jurídica



Ver más actualidad jurídica

Indemnización y readmisión ante el despido de una víctima de violencia de género

  • Fecha: 21/05/2021
E-book Indemnización por despido: Tipos de indemnización, cálculo, salario regulador y tiempo de servicio

El Poder Judicial informa sobre una sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) , en la que analiza el despido realizado aun trabajadora víctima de violencia de género siendo su expareja el administrador de la mercantil que había sido condenado a dos años de alejamiento por los malos tratos.

Anulado por discriminatorio el despido de la víctima de violencia de género el TSJCV obliga a la mercantil a readmitir a la empleada, abonar a la empleada todos los salarios dejados de percibir desde la fecha del cese hasta su readmisión y a indemnizarla con 6.250 euros por una vulneración de su derecho fundamental a la igualdad por razón de sexo.

El caso

La mujer fue despedida el 17 de mayo de 2019, 11 días después de que el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Torrevieja condenara a su ex compañero sentimental y administrador de la empresa en la que trabajaba como administrativa por un delito de malos tratos a, entre otras penas, la prohibición de comunicarse y aproximarse a ella a menos de 300 metros durante dos años.

En la carta donde se comunicaba el cese, la dirección de la mercantil adujo precisamente esa condena y la “imposibilidad” de que la trabajadora pudiera “cumplir con su puesto de trabajo”.

Un juzgado de lo Social de Elche dictó sentencia en septiembre de 2020 y declaró el despido improcedente. Sin embargo, la Sala de lo Social del TSJCV ha estimado ahora parcialmente un recurso de suplicación de la empleada, ha declarado nulo el despido y ha condenado a la empresa a readmitirla en las mismas condiciones que regían antes de la extinción del contrato.

“La imposibilidad de desempeño del trabajo alegada por la empresa se torna en causa irreal, pues ante la medida de alejamiento que se impuso al empresario debió adoptarse en su caso cuantas medidas estimare necesarias para continuar con la protección de la víctima”, argumentan los magistrados.

Discriminación por razón de sexo

Los magistrados del Alto Tribunal autonómico consideran que la decisión de la mercantil, dedicada a la actividad de instalación de carpintería, vulnera el artículo 14 de la Constitución Española, que prohíbe la discriminación por razón de sexo.

La Sala considera que el despido “es claramente discriminatorio” pues “sanciona y castiga de nuevo a la víctima de violencia de género, condición que solo puede recaer sobre la mujer, respecto a la que no se ha acordado medida restrictiva alguna en el ámbito penal”.

“Frente a una sentencia condenatoria del agresor, administrador de la sociedad (…), se adopta una medida claramente perjudicial para la trabajadora, mujer, en detrimento de la posición del empresario, que mantiene intacta su posición en la jerarquía empresarial, sin adoptarse medida alguna frente al mismo”.

La sentencia, que puede ser recurrida en casación para la unificación de doctrina, establece que la mercantil debió adoptar “cuantas medidas estimare necesarias para continuar con la protección de la víctima”, máxime cuando el condenado por la agresión “se sitúa también en el círculo laboral” de la trabajadora afectada.

Apoyo en el ámbito laboral a las víctimas de violencia de género.









lasasesorias.com
Copyright © 2024

(0034) 91 708 61 19 (Administración)

(0034) 91 192 68 00 (Atención al Asociado)