lasasesorias
Área Privada
Usuario:
Contraseña:



Actualidad


Reconocimiento de incapacidad permanente total a florista con alergia profesional
El TSJPV confirma la incapacidad permanente total de una florista por alergia a las alstroemeria.
TS: Nulidad de supresión de plus comedor en teletrabajo
El TS declara nula la eliminación del plus de subvención comedor para teletrabajadores, exigiendo el cumplimiento del art. 41 ET.
Enviar por correo electrónico la fotocopia de un cheque no equivale a poner a disposición la indemnización por despido
Enviar por correo electrónico la fotocopia de un cheque no equivale a poner a disposición la indemnización por despido.



Actualidad Jurídica



Ver más actualidad jurídica

Firma Electronica Profesionales de Asesoria

Firma Electronica Persona Física

Certificado de Pertenencia a Entidad (PF)

El certificado digital de pertenencia a entidad garantiza la identidad de la persona física titular del certificado, así como su vinculación a una determinada Entidad en virtud del cargo que ocupa en la misma. Este certificado no otorgará por si mismo mayores facultades a su titular que las que posee por el desempeño de su actividad habitual.

Lo puede solicitar la propia persona física titular del certificado siempre que esté autorizado por un representante de la Entidad a favor de sus empleados.

El uso de este certificado está restringido únicamente a su titular, quedando la cesión del mismo bajo su exclusiva responsabilidad.

Certificado de Representante (PR)

El certificado digital de representante es emitido a favor de una persona física representante de una determinada Entidad. El titular del certificado se identifica no únicamente como persona física perteneciente a una empresa, sino que añade su cualificación como representante legal o apoderado general de la misma.

La solicitud de un certificado de representante está limitada únicamente a los representantes legales (administradores) o a quienes ostentan un poder notarial general para actuar en nombre y representación de la Entidad. Quedan excluidos por tanto de su ámbito de aplicación los apoderados especiales.

El uso de este certificado está restringido únicamente a su titular, quedando la cesión del mismo bajo su exclusiva responsabilidad.

Coste para los dos tipos.-

  • Asociados (Solo para Titulares o Empleados) 25 euros mas IVA
  • No Asociados 40 euros mas IVA

Formulario de Solicitud Persona Física

Firma Electrónica Despacho Asesoria

Persona Jurídica (PJ)

Se trata de un certificado digital emitido a favor de una Entidad jurídica que podrá ser utilizado cuando se admita en las relaciones que mantenga la persona jurídica con las Administraciones públicas o en la contratación de bienes o servicios que sean propios o concernientes a su giro o tráfico ordinario.

El solicitante del certificado deberá tener capacidad para representar a la entidad titular del certificado. Esta representación puede ser legal (administradores de la Entidad) o voluntaria (apoderados generales ó especiales).

En el caso de los representantes voluntarios (apoderados generales ó especiales) es necesario que ostenten un poder notarial especial para solicitar un certificado de persona jurídica.

La custodia de cada certificado digital de persona jurídica será responsabilidad de la persona física solicitante, todo ello sin perjuicio de que puedan ser utilizados por otras personas físicas vinculadas a la Entidad.

Coste Firma Electronica Despacho

  • Asociados (Despachos de Asesoria) 36 euros
  • No Asociados 50 euros

Formulario de Solicitud Persona Juridica











lasasesorias.com
Copyright © 2024

(0034) 91 708 61 19 (Administración)

(0034) 91 192 68 00 (Atención al Asociado)