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Publicada la nueva Ley de Residuos

  •  Fecha: 11/04/2022
vertedero residuos apilados basura


Aunque en los últimos años se ha avanzado en la gestión de los residuos, España sigue lejos del objetivo comunitario de reciclado, el 50 por ciento en 2020, y aún más de las metas que se han incorporado recientemente: 55 por ciento en 2025, 60 por ciento en 2030 y 65 por ciento en 2035, y del objetivo de vertido máximo del 10 por ciento en 2035.

Por ello, la norma da un papel protagonista a las medidas de prevención en la política de residuos, mediante la inclusión de objetivos concretos y cuantificables: reducción del peso de los residuos producidos de un 13 por ciento en 2025 y de un 15 por ciento en 2025 respecto a los generados en 2010.

Asimismo, la ley prevé que desde 2023 los comercios minoristas de alimentación con una superficie de más de 400 m2 destinen el 20 por ciento de su superficie a productos sin embalaje primario, por ejemplo, mediante la venta a granel o el uso de envases reutilizables; la prohibición de destrucción o la eliminación de excedentes no vendidos de productos no perecederos.

Recogidas separadas

Por un lado, se deberán establecer nuevas recogidas separadas obligatorias para nuevos flujos de residuos: biorresiduos, textiles, domésticos peligrosos, aceites de cocina usados y voluminosos para su posterior tratamiento diferenciado, bien mediante preparación para la reutilización o mediante el reciclado de calidad, prologando así la vida útil de productos o recuperando materiales para la economía, respectivamente.

Además de las recogidas separadas ya existentes para el papel, los metales, el plástico y el vidrio, la nueva ley introduce un calendario de implantación de esas recogidas separadas de residuos para su preparación para la reutilización y reciclado y valorización. Así, los biorresiduos de origen doméstico deberán recogerse separadamente a partir de julio de 2022 en las entidades locales con población superior a cinco mil habitantes; y a partir de enero de 2024 para el resto de las entidades locales. En el caso de residuos textiles, aceites de cocina usados, residuos domésticos peligrosos y residuos voluminosos, su recogida separada deberá estar implantada a partir de 2025.

En la medida de lo posible los modelos de recogida de estas fracciones deberán ser más eficientes, priorizando modelos como el puerta a puerta o el uso de contenedores cerrados o inteligentes.

Para las recogidas de residuos textiles y voluminosos además la ley prevé una reserva de contratos de las administraciones públicas del 50 por ciento para las entidades de economía social autorizadas para la gestión de los residuos.

Limitaciones a plásticos de un solo uso

En relación con los plásticos de un solo uso, la Ley hace una apuesta decidida por una serie de medidas diferentes en función de las posibilidades de sustitución y las alternativas existentes. Estas medidas van desde la reducción, la sensibilización, el marcado y el ecodiseño hasta el uso de instrumentos económicos como la responsabilidad ampliada del productor, llegando incluso a la restricción para determinados productos de plástico como cubiertos, platos o pajitas, entre otros.

Así, y en relación con los objetivos comunitarios de recogida separada de botellas de plástico de un solo uso, la ley prevé evaluar su grado de cumplimiento en 2023 y 2027, de forma que, si no se cumplen los objetivos fijados para esos años, 70 por ciento y 85 por ciento respectivamente, se deberá implantar un sistema de depósito, devolución y retorno en el plazo de dos años, pudiendo quedar afectados otros envases además de las botellas de plástico.

Además, se introduce también un impuesto estatal a los envases de plástico no reutilizables para avanzar en prevención y en la reducción de su uso en el territorio español, impulsando así las primeras opciones de la jerarquía de residuos.

Responsabilidad ampliada de productor

Por otro lado, se ha revisado la regulación marco de la responsabilidad ampliada del productor en coherencia con la normativa comunitaria, para garantizar que los productores de productos asuman la responsabilidad financiera y organizativa de la gestión de los residuos.

La nueva Ley de Residuos introduce las previsiones de desarrollo de la responsabilidad ampliada del productor para los textiles, los muebles y enseres y los plásticos de uso agrario en el plazo de 3 años desde su entrada en vigor, así como para otros productos de plástico como los del tabaco.

Con esta regulación se pretende dar cobertura a distintas iniciativas que están surgiendo en estos sectores, y también servirá para dar respuesta a las importantes deficiencias encontradas en la gestión de los residuos generados por estos productos y los problemas ambientales asociados a ello, siguiendo así las recomendaciones de la Comisión Europea, que considera que la implantación de un sistema de responsabilidad ampliada del productor es un instrumento clave para la mejora de la gestión de estos residuos y la aplicación del principio de jerarquía.

Trazabilidad

También destaca el refuerzo de las medidas relacionadas con la obtención de la información sobre la generación y gestión de los residuos, de manera que se garantice la trazabilidad desde que el residuo se genera hasta su completo tratamiento, y que se mejore la información disponible sobre la situación de la gestión de los residuos. Estas medidas de mejora de la información abarcan también a los regímenes de responsabilidad ampliada del productor, de manera que se garantice la disposición por parte de las administraciones de toda la información necesaria para verificar el correcto funcionamiento de estos regímenes, asegurando así una mayor transparencia de este instrumento.

Otras novedades de la ley

Entre las novedades de la nueva normativa también la revisión del régimen sancionador, que incluye nuevas infracciones, como el abandono de basura dispersa (littering) o la quema no autorizada de residuos agrarios y silvícolas, y el no establecimiento de recogidas separadas.

Por otro lado, también incluye una disposición específica sobre el amianto, que obliga a los ayuntamientos a elaborar un censo de instalaciones y emplazamientos con amianto con un calendario para su retirada. Además, la ley revisa los procedimientos de declaración de subproducto y de fin de condición de residuo, habilitando la posibilidad de desarrollo a nivel autonómico para agilizar la transición hacia la economía circular.

Del mismo modo, se establece que las entidades locales deberán aprobar ordenanzas municipales que permitan lograr los objetivos fijados en la ley y tendrán que establecer tasas diferenciadas que tengan en cuenta el coste real de las operaciones de gestión de residuos realizadas y que permitan implantar sistemas de pago por generación.

Fiscalidad verde

Por último, con el ánimo de avanzar hacia la economía circular, se introduce en la ley otro instrumento económico, además del impuesto a los envases de plástico no reutilizables, en la forma de medida fiscal que mejorarán la aplicación de la jerarquía de residuos. Ambos instrumentos entrarán en vigor en 2023.

En concreto, se establece un impuesto al depósito de residuos en vertedero, la incineración y la coincineración, con el fin de cambiar la gestión de los residuos, en especial, los residuos municipales en España, de forma que se disminuya el uso de estas operaciones de tratamiento menos favorables según el principio de jerarquía de residuos, y de lograr mayores avances en los objetivos de reciclado establecidos. Este impuesto se configura como cedido a las comunidades autónomas, que tendrán competencias para su gestión, las cuales podrán dedicar los ingresos a la política de residuos.

Regulación de los suelos contaminados

La ley contiene también la regulación de los suelos contaminados, manteniéndose el anterior régimen jurídico en cuanto a las actividades potencialmente contaminantes, al procedimiento de declaración, a los inventarios de suelos contaminados y a la determinación de los sujetos responsables de la descontaminación y recuperación de los suelos. Como novedad, se ha incluido la creación del Inventario Nacional de descontaminaciones voluntarias de suelos contaminados, que será alimentado por los registros autonómicos, y se precisan ciertos aspectos del procedimiento de declaración de suelos contaminados y su descontaminación.









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