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Modificación del modelo 036 para incluir como parte del Censo a los sujetos pasivos del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales

  • Fecha: 18/06/2021
papel post-it tax impuesto

 

Se aprueba la Orden HAC/609/2021, de 16 de junio, por la que se modifican la Orden EHA/1274/2007, de 26 de abril, por la que se aprueban los modelos 036 de Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores.

La modificación se produce consecuencia de la consideración de los sujetos pasivos del Impuesto sobre determinados servicios digitales, comúnmente conocido como «tasa Google», como parte del Censo de empresarios, profesionales y retenedores; estableciéndose para estos la obligatoriedad de presentación del modelo que corresponda (036, 037 o 030).

Por ello, en primer lugar esta orden incorpora al modelo 036 tanto el ejercicio de la opción por la no sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de las entregas de bienes a que se refiere el artículo 68.Cuatro y de las prestaciones de servicios a que se refiere el artículo 70.uno.8.º de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, como la comunicación de la sujeción de las entregas de bienes a que se refieren el artículo 68.Tres.a) y Cinco de la Ley de dicho impuesto y de las prestaciones de servicios a que se refiere el artículo 70.uno.4.º,a) de la misma Ley.

En segundo lugar, esta orden introduce en el modelo 036 los cambios necesarios para permitir la declaración de inicio, modificación y cese de las actividades sujetas al Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales.

En tercer lugar, esta orden introduce en el modelo 036 las siguientes modificaciones de carácter técnico:

  • Se introduce una casilla para informar de la situación del inmueble en cuanto a su referencia catastral (inmuebles con referencia catastral en territorio común, con referencia catastral en el País Vasco o en la Comunidad Foral de Navarra, inmuebles sin dicha referencia asignada por la Dirección General del Catastro, o inmuebles situados en el extranjero).
  • Se introducen la fecha de constitución y la fecha de inscripción en el Registro Mercantil entre los datos a facilitar respecto de los establecimientos permanentes de personas jurídicas o entidades no residentes.
  • Se introduce la posibilidad de dar de baja el domicilio de gestión administrativa.

Por lo que se refiere a los modelos 037 y 030, se modifican para incluir, en consonancia con los cambios introducidos en el modelo 036, una casilla para informar de la situación del inmueble en cuanto a su referencia catastral.

La entrada en vigor de la Orden y, por extensión, de las modificaciones en ella contenida se producirá el día 1 de julio de 2021.









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